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És extremadamente ventajoso importar a partir del Espirito Santo, cuyo gobierno del Estado mantiene, desde 1970, una política comercial de atracción de negócios del comercio extranjero y ayuda a los emprendedores de este ramo.
Un hecho relevante es la localización estratégica del Espirito Santo, contando con puertos, aeropuerto, carreteras y ferrocarriles, en un acoplamiento de modales logísticos que aseguran la movimientación rápida y segura de la carga en cualquier dirección del país.
No hace incentivos fiscales o financieros, puesto que el Estado del Espirito Santo respeta lo que determina la Constitución Federal, no actuando en “guerras fiscales”. La alícuota incidente en las importaciones está fijado dentro de los parámetros dictados por la Resolución del Senado Federal y no tiene financiamiento para el pago del ICMS.
El FUNDAP es un sistema que, se reconoce hoy por la seguridad legal y por la seriedad de los que en él actuán, puesto que son fiscalizados en pleno dia, sujetándose a las obligaciones accesorias que pueden ser satisfechas solamente por quiénes está absolutamente regular delante del departamento del Hacienda de la Unión y del Estado.
En la verdad, la VILA PORTO, en vista de la legislación, emplea la inteligencia en el desarrollo de las soluciones capaces de reducir perceptiblemente el costo final das mercancías importadas a partir del Espirito Santo, haciéndolo siempre con el mayor seguridad legal.
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La VILA PORTO está apta a importar mercancías extranjeras por cuenta propia y por la cuenta y la orden, buscando la mejor opción de la comercialización y actuando, normalmente, en el alcance del FUNDAP, política de la atracción y fomento al comercio extranjero instituido por la Ley nº 2508, de 22 de mayo de 1970, del Estado del Espirito Santo
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